Sala Constitucional ordena al MOPT obedecer y construir puente peatonal en Cartago

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en su resolución Nº 2019008458 de las nueve horas cincuenta minutos del catorce de mayo de 2019, dio la razón a los ciudadanos cartagineses que presentaron una acción de desacato ante los tribunales en contra del señor Rodolfo Méndez Mata, en su condición de Ministro de Obras Públicas y Transporte (MOPT), y el señor Mario Rodríguez Vargas, Director Ejecutivo del Consejo Nacional de Vialidad.

La justicia constitucional en su nueva sentencia conminó a las autoridades del MOPT a construir el puente en el sector de Ochomogo, a la altura del plantel de RECOPE en un plazo límite de 12 meses. El MOPT solicitó entre sus alegatos de defensa se le ampliara el plazo para su edificación a diciembre del año 2020; sin embargo, la Sala Constitucional, teniendo en cuenta que es una problemática de larga data conocida por el Ministerio, dio como tiempo límite mayo del 2019.

“Recibimos con mucha alegría y esperanza esta noticia. Es un tema al que le hemos venido dando seguimiento desde hace tiempo. Somos un grupo de ciudadanos que le exigimos al MOPT haga su trabajo y acate las órdenes de los tribunales, para que la gente pueda transitar de forma libre y segura a sus centros de estudio y de trabajo, sin importar sean niños, adultos o personas con capacidades especiales.” Afirmó Salvador Padilla, uno de los ciudadanos que presentó el recurso de amparo y la acción de desacato.

El costo total del puente se estima en 382 millones de colones, el cual se erigirá estratégicamente para no afectar el derecho de vía del tren ni la futura ampliación de la Florencio del Castillo.

Ya se adjudicó el diseño del puente a Camacho y Mora S.A. por 15 millones 537 mil 500 colones.

La disputa con el MOPT se tramita en la Sala Constitucional bajo el número de expediente 17-017644-0007-CO.

Descargue y observe el fallo de la Sala dando clic aquí

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